Bienvenidos...


Antes que nada les damos la bienvendida a este portal. Espero que encuentren en el cosas positivas y las mismas sean de su agrado. Rápidamente les cuento, el por qué de su creación... :
"... En el 2004 perdí a mi padre; el viejo desde hacía 10 años vivia felizmente con 3 by pass, luego de una operación a corazón abierto, poco a poco su vida volvió a ser como siempre... Un año después de su muerte, me di cuenta de todo lo que me hubiese gustado decirle y ya no puedo. A partir de ese día tomé la desición de no quedarme con nada. Pero no obstante y no conforme con ello, pensé que tal vez otras personas como yo también les sucedería lo mismo; así que le comente a una amiga y ella contesto que era una buena idea!!! Creo que en un tiempo en donde nos hacen creer que muchas cosas ya no tienen sentido o ya no sirven, que para ser feliz hay que tener un celular, ropa de marca, etc... O quizás algo tan simple como expresar nuestro sentimientos hacia los demás es algo pasado de moda. Entonces decidí, torcer esa historia y dar vía libre al corazón sin temor a hacer el ridículo...."
FOREST.

y así CREAMOS...: EXPRESATE YA...!!!



Animated Argentina Flag - Bandera de la Argentina
Wizard Animation

23 febrero, 2009

Para la Cámara Federal no es delito cultivar marihuana


El alto tribunal consideró que "no encuadra en una figura penal" la producción de esa droga para consumo personal. Lo dispuso para dos acusados a los que se secuestró cuatro macetas con cannabis sativa
La Sala I de la Cámara en lo Criminal y Correccional Federal confirmó el fallo que sobreseyó a dos imputados por cultivo de droga para consumo personal y declaró inconstitucional la norma que castiga esa figura.

Se trata de una causa en la que secuestraron a los imputados cuatro macetas, cada una de ellas con una planta de cannabis sativa lineo -marihuana- (con un peso total de 75,12 gramos), una bolsa de tierra fértil, una lámpara de calor alógena y un rociador "con un líquido transparente".

Según informa el sitio del Centro de Información Judicial, para el tribunal, "la cantidad y las circunstancias que rodearon el hecho permiten afirmar que el cultivo o siembra de la marihuana encontrada era para consumo personal".

Frente a ello, la cámara declaró la inconstitucionalidad del artículo 5°, inciso a, anteúltimo párrafo, de la Ley 23.737 y confirmó el fallo que sobreseyó a los imputados "por no encuadrar su conducta en una figura penal", atendiendo a la declaración de inconstitucionalidad anterior.

No hay comentarios: