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Antes que nada les damos la bienvendida a este portal. Espero que encuentren en el cosas positivas y las mismas sean de su agrado. Rápidamente les cuento, el por qué de su creación... :
"... En el 2004 perdí a mi padre; el viejo desde hacía 10 años vivia felizmente con 3 by pass, luego de una operación a corazón abierto, poco a poco su vida volvió a ser como siempre... Un año después de su muerte, me di cuenta de todo lo que me hubiese gustado decirle y ya no puedo. A partir de ese día tomé la desición de no quedarme con nada. Pero no obstante y no conforme con ello, pensé que tal vez otras personas como yo también les sucedería lo mismo; así que le comente a una amiga y ella contesto que era una buena idea!!! Creo que en un tiempo en donde nos hacen creer que muchas cosas ya no tienen sentido o ya no sirven, que para ser feliz hay que tener un celular, ropa de marca, etc... O quizás algo tan simple como expresar nuestro sentimientos hacia los demás es algo pasado de moda. Entonces decidí, torcer esa historia y dar vía libre al corazón sin temor a hacer el ridículo...."
FOREST.

y así CREAMOS...: EXPRESATE YA...!!!



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10 enero, 2009

Seguridad Social: modifican pautas para calcular aportes y contribuciones

El Gobierno decidió cambiar las pautas que serán aplicables a partir de las remuneraciones devengadas en este mes. Refuerza la caja de obras sociales
El Gobierno modificó las pautas para calcular determinados aportes y contribuciones del Régimen de la Seguridad Social.

La medida se dio a conocer mediante la publicación del decreto 10/2009 en el Boletín Oficial.

La nueva norma establece que "a partir de las remuneraciones de este mes se eleva a $2.400 el importe de la remuneración bruta mensual a partir de la cual se deberá destinar el 15% de los aportes y contribuciones de los trabajadores al Fondo Solidario de Redistribución. El 85% restante va a la obra social que corresponda".

A su vez, la norma establece que "en el caso que las remuneraciones brutas mensuales fueran inferiores a la suma antes mencionada, se mantendrán los porcentuales del 10% y del 90% con destino al Fondo Solidario de Redistribución y a la Obra Social que corresponda respectivamente".

Por otra parte, el decreto puntualiza que también "se fija en $2.400 el importe de la remuneración bruta mensual a partir de la cual se deberá destinar el 20% de los aportes y contribuciones de los trabajadores y empleadores que se efectúen a las Obras Sociales del Personal de Dirección y de las Asociaciones Profesionales de Empresarios debiendo destinarse el 80% restante a la obra social que corresponda".

"En todos aquellos casos en que las remuneraciones brutas mensuales fueran inferiores a $2.400 brutos, se mantendrán los porcentuales del 15 y del 85% con destino al Fondo Solidario de Redistribución y a la Obra Social que corresponda respectivamente".

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